

ACUERDOS 49 Y 37
Los dos tienen en común hablar sobre la adificación (el edificio) del Archivo General de la nación, para la conservaciön de documentos.
ARTICULO 1° del acuerdo 49 dice:
Los edificios de archivo y locales destinados como sedes da archivo deben cumplir con las condiciones de edificación almacenamiento, medio ambiental de seguridad y mantenimiento que garantice la adecuada cinservacion de los acervos documentales.
ARTICULO 2° Ttener en cuenta los siguientes aspectos generales:
-Características del terreno sin riesgos de humedad
-Deben estar situados lejos de industrias contaminantes o posible peligro de atentados
-Proveer espacio suficiente para albergar toda la documentaciön.
ARTICULO 3° Debe tenerse en cuenta el área de deposito estantería, diseño, dimensiones evitando bordes y aristas que produzcan daños sobre los documentos.
CONTENEDORES: -Todos los documentos sean sueltos o encuadernados requieren sistemas distintos y eficientes de protección
ACUERDO 37
El ARCHIVO NACIONAL DE LA NACIÓN es un ente rector de la archivistica debe señalar las pausas, principios y normas que regulan la actividad archivistica de las entidades publicas y propender por la integridad física y el adecuado manejo de la documentación, de manera general y en especial cuando los particulares intervienen en procesos de organizacion o almacenamiento de los documentos.
